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Información de interés

Conozca, a través de esta noticia, los requisitos y condiciones de uso de los materiales disponibles en el Centro de Investigación, Documentación y Difusión de las Artes Escénicas.

 

1 - Requisito de uso de materiales

La(s) imagen(es) y/o documentos entregada(s) sólo puede(n) ser utilizada(s) por quien solicita la documentación, quien hará uso de ella(s) por una sola vez; en su uso, publicación o transmisión debe estipularse el siguiente crédito: CIDDAE - Teatro Solís.

Además de estipularse, en el caso que se justifique, el crédito del nombre del/la autor(a) de la imagen o documento original.

2 - Condiciones de uso

1) El uso del material del Centro de Investigación, Documentación y Difusión de las Artes Escénicas (CIDDAE) está protegido de acuerdo a las disposiciones del Derecho de Autor.

2) Las fotografías son propiedad absoluta del CIDDAE.

3) Su reproducción está reservada a la autorización del CIDDAE de acuerdo a los siguientes criterios:
3.1) PÚBLICO EN GENERAL a) El material adquirido no podrá ser comercializado ni reproducido. De no cumplir con ello el usuario deberá abonar una multa de UR 20 (Veinte Unidades Reajustables) Decreto Nº 29.475. b) Las fotografías serán entregadas únicamente en soporte digital, no en papel.
3.2) MEDIOS DE COMUNICACIÓN a) Deberán presentar por nota en papel membreteado de su institución solicitando el material y el uso que harán con el mismo. b) Deberán completar el formulario y dar cumplimiento a lo declarado en el mismo. c) De no cumplir con lo declarado en el mismo deberá abonar una multa que variará de UR 10 (Diez Unidades Reajustables) y UR 30 (Treinta Unidades Reajustables) Decreto 29.312 d) Se deberán mencionar en los créditos el © de CIDDAE. El incumplimiento a ello hará pasible al infractor de la aplicación de una multa de UR 10 (Diez Unidades Reajustables) e) Proporcionarán una copia del programa o edición para la que fuera solicitado el material.
3.3) PUBLICACIONES NACIONALES O EXTRANJERAS a) Deberán presentar por nota en papel membreteado de su institución solicitando el material y el uso que harán con el mismo. b) Deberán completar el formulario adjunto y dar cumplimiento a lo declarado en el mismo. c) De no cumplir con lo declarado deberá abonar una multa que variará entre UR 10 (Diez Unidades Reajustables) y UR 30 (Treinta Unidades Reajustables). d) Se deberán mencionar en los créditos el © de CIDDAE. El incumplimiento a ello hará pasible al infractor de la aplicación de una multa de UR 10 (Diez Unidades Reajustables) e) Proporcionarán al CIDDAE una copia de dicha publicación.
3.4) INVESTIGADORES a) Deberán completar la ficha que los acredite como tales ante el CIDDAE y presentar comprobantes que lo acrediten como investigador. b) Los costos de las reproducciones serán 40% menos que en los casos corrientes. c) Las reproducciones serán en papel.

4) - Los costos del material serán los dispuestos por la Intendencia de Montevideo.

 

Consultas: ciddae@teatrosolis.org.uy 




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